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Régimen de exención de las rentas de fuente extranjera de Hong Kong: El nuevo proyecto de ley amplía el ámbito de aplicación para incluir las ganancias por enajenación de activos

El 13 de octubre de 2023, se publicó en el boletín oficial el proyecto de ley de la Agencia Tributaria (Enmienda) (Tributación de las ganancias de enajenación de origen extranjero) de 2023 («proyecto de enmienda de 2023») para perfeccionar el régimen de exención de las rentas de origen extranjero («FSIE»). En virtud del régimen reformado del FSIE que entró en vigor el 1 de enero de 2023, las rentas pasivas extraterritoriales percibidas por una entidad constitutiva de un grupo de empresas multinacionales («EMN») están sujetas al impuesto sobre los beneficios en Hong Kong. Esto incluye intereses, ingresos derivados de la propiedad intelectual («PI»), dividendos y ganancias por la enajenación de participaciones. Se considera que dichos ingresos tienen su origen en Hong Kong y, por lo tanto, están sujetos al impuesto sobre los beneficios.

El proyecto de enmienda de 2023 amplía el alcance de las ganancias por enajenación para incluir las ganancias derivadas de la enajenación de todo tipo de activos, incluidos los bienes muebles e inmuebles.

El 29 de noviembre de 2023, el Consejo Legislativo aprobó el proyecto de ley que contiene las enmiendas adicionales al régimen reformado del FSIE. Se espera que la Ordenanza de Enmienda pertinente se publique en el boletín oficial en diciembre de 2023, y su aplicación está prevista para el 1 de enero de 2024.

Tabla de contenido

Antecedentes: Directrices actualizadas de la UE sobre los regímenes FSIE

A finales de 2022, la UE publicó una Guía revisada que ordena específicamente la inclusión de las ganancias por enajenación en el régimen FSIE. En las Orientaciones, la UE hizo un llamamiento a las jurisdicciones que están llevando a cabo reformas del FSIE, incluido Hong Kong, para que ajusten aún más sus políticas fiscales con respecto a las ganancias por enajenación de origen extranjero. Hong Kong debe alinear su régimen FSIE con la Guía revisada de la UE antes de finales de 2023 para su aplicación en enero de 2024. Hasta que se realicen los cambios legislativos pertinentes, la ciudad permanecerá en la lista de vigilancia de la UE.

Las plusvalías por enajenación, también denominadas plusvalías por la UE, corresponden a las ganancias derivadas de la enajenación de activos. El régimen perfeccionado del FSIE se aplicará a las ganancias por enajenación de activos, independientemente de que se clasifiquen como de naturaleza de ingresos o de capital. Las ganancias por enajenación de carácter patrimonial surgen de la venta de activos que se mantienen con el fin de generar beneficios como parte de las operaciones comerciales normales de una empresa. Dichas ganancias contribuyen a los ingresos netos de la empresa y se incluyen en los ingresos generados por las actividades ordinarias en la cuenta de resultados. Por otro lado, las ganancias por enajenación de naturaleza patrimonial surgen de la venta de activos no corrientes que no están destinados a la venta en el curso ordinario de los negocios. Forman parte de las transacciones de capital de una empresa.

¿A quién se aplica el régimen FSIE perfeccionado?

La definición de los contribuyentes cubiertos sujetos al régimen FSIE perfeccionado permanece inalterada. De acuerdo con la Ordenanza de 2022 de la Agencia Tributaria (Enmienda) (Tributación sobre los ingresos de origen extranjero especificados) («Ordenanza de Enmienda de 2022»), sólo entran en su ámbito de aplicación las entidades constitutivas de grupos de EMN. Los particulares, las empresas autónomas con sede local sin operaciones extraterritoriales y los grupos corporativos exclusivamente locales no estarán sujetos al régimen FSIE.

Según la Ordenanza de Enmienda de 2022, un grupo de empresas multinacionales se refiere a un grupo que comprende al menos una entidad o establecimiento permanente que no está situado o establecido dentro de la jurisdicción de la entidad matriz del grupo. Para determinar si la entidad en cuestión pertenece a un grupo, el principio rector es observar las directrices de consolidación contable. Si las normas contables pertinentes no exigen la consolidación de los resultados financieros de una entidad -combinando activos, pasivos, ingresos, gastos y flujos de caja- con su matriz o entidades vinculadas, entonces esa entidad no se considerará parte del grupo.

Visión general del régimen FSIE perfeccionado

Según el régimen FSIE perfeccionado, determinados tipos de ingresos de origen extranjero se considerarán originarios de Hong Kong y sujetos al impuesto sobre los beneficios si:

(i) Los ingresos son percibidos en Hong Kong por una entidad multinacional que ejerce una actividad comercial, profesional o empresarial en Hong Kong, independientemente de sus ingresos o del volumen de sus activos; y
(ii) No se aplican las diferentes condiciones de excepción.

Las condiciones para hacer valer las exenciones de la sujeción al impuesto sobre los beneficios en el marco del régimen perfeccionado del FSIE permanecen inalteradas. Estos son el requisito de sustancia económica, el requisito de participación y el requisito de nexo.

Para un análisis detallado del régimen FSIE perfeccionado que entró en vigor el 1 de enero de 2023, haga clic aquí.

Ampliación del alcance de los ingresos cubiertos

La Ordenanza original de Enmienda 2022 establece que los ingresos pasivos de fuente extranjera derivados o generados en un territorio fuera de Hong Kong están sujetos al impuesto sobre los beneficios de la forma habitual. Concretamente, esto se aplica a los siguientes tipos de ingresos:

  • Interés
  • Dividendos
  • Ganancias por la venta de participaciones en el capital de una entidad
  • Ingresos derivados de la propiedad intelectual

En virtud del proyecto de enmienda de 2023, el ámbito de aplicación de las ganancias por enajenación se ha ampliado para incluir cualquier ganancia o beneficio generado por la enajenación de cualquier tipo de activo, incluidos los bienes muebles e inmuebles. La UE ha hecho hincapié en la necesidad de adoptar un enfoque no exhaustivo a la hora de determinar el alcance de los activos cubiertos. Este enfoque también se ha adoptado en otros lugares.

Según el Departamento de Hacienda («IRD»), la definición de propiedad abarca tanto los bienes inmuebles como los muebles. Los bienes inmuebles se refieren a (i) tierra (independientemente de si está sumergida en el agua) y (ii) cualquier propiedad, derecho, interés o servidumbre en o sobre cualquier terreno, y objetos fijados a la tierra, o permanentemente unidos a cualquier objeto de este tipo. Los bienes muebles, por su parte, abarcan todos los tipos de bienes que no se consideran bienes inmuebles.

Además, el IRD establece una distinción entre las ganancias por enajenación de PI y las ganancias por enajenación no relacionadas con la PI en el proyecto de enmienda de 2023. Las ganancias por enajenación de PI se refieren a las ganancias derivadas de la venta de activos de PI. Las ganancias por enajenación no procedentes de PI se refieren a las ganancias derivadas de la venta de activos no procedentes de PI, incluidas las ganancias derivadas de la venta de participaciones en el capital de una entidad.

Las ganancias por enajenación de activos distintos de las participaciones en el capital estarán exentas, es decir, no serán imponibles, si la entidad cumple el requisito de sustancia económica.

Exclusión para comerciantes

Quedan fuera del ámbito de aplicación las ganancias no procedentes de la enajenación de PI acumuladas por los comerciantes a través de sus actividades comerciales o accesorias a su actividad comercial. Un comerciante se define como una entidad dedicada a la venta u oferta de venta de bienes en el curso normal de sus negocios.

Esta exclusión encaja con la base territorial de imposición sobre la que opera Hong Kong. Sólo son imponibles las rentas obtenidas en Hong Kong; las rentas obtenidas fuera de Hong Kong no lo son. Cuando los comerciantes reciben ganancias procedentes de la enajenación de activos no PII en el curso ordinario de sus negocios, dichas ganancias se consideran rentas empresariales activas, y no rentas pasivas con las que está relacionado el régimen del FSIE. Para determinar si una ganancia por enajenación tiene su origen en el extranjero, se aplicará la Ordenanza de la Agencia Tributaria, así como el principio rector general para determinar el origen territorial de los beneficios.

Lea nuestra Guía fiscal de Hong Kong para saber más sobre la base imponible territorial de Hong Kong.

Deducción por transferencia intragrupo de los beneficios por enajenación

El mecanismo de desgravación fiscal propuesto permite a las entidades asociadas de un mismo grupo de empresas multinacionales transferir activos sin que se desencadenen inmediatamente obligaciones fiscales. En otras palabras, la tributación de las ganancias por enajenación de origen extranjero acumuladas en Hong Kong dentro de un grupo de empresas multinacionales puede aplazarse hasta que el grupo deje de poseer el activo.

Se considera que dos entidades están asociadas si:

  • La entidad A posee un mínimo del 75% de la participación directa o indirecta en la entidad B, o tiene el derecho directo o indirecto de ejercer o controlar el ejercicio de no menos del 75% de los derechos de voto de la entidad B; o bien
  • La entidad C posee un mínimo del 75% de la participación directa o indirecta tanto en la entidad A como en la entidad B, o tiene el derecho directo o indirecto de ejercer o controlar el ejercicio de no menos del 75% de los derechos de voto tanto en la entidad A como en la entidad B.

La desgravación por transferencia intragrupo está disponible siempre que se cumplan las condiciones que figuran a continuación:

  • La entidad del grupo de empresas multinacionales que vende el activo recibe ganancias por enajenación de origen extranjero.
  • Las ganancias por enajenación proceden de una transferencia intragrupo.
  • La propiedad de la que se derivan las ganancias por enajenación es adquirida por otra entidad del grupo.
  • Tanto la entidad que vende el activo como la que lo adquiere están sujetas al impuesto sobre los beneficios en el momento de la venta.

Se aplicarán medidas antiabuso para disuadir del uso indebido de la ayuda. La desgravación por transferencias intragrupo quedará sin efecto si, en los dos años siguientes a la venta asociada a la renta en cuestión:

  • La entidad vendedora o la entidad adquirente ya no están sujetas al impuesto sobre los beneficios en virtud de la OIR; o bien
  • La entidad vendedora o la entidad adquirente ya no están afiliadas entre sí.

En virtud de la OIR, toda persona que ejerza una actividad comercial, profesional o empresarial en Hong Kong está obligada a pagar el impuesto sobre los beneficios generados en Hong Kong o derivados de Hong Kong. De ello se deduce que la persona ya no estará sujeta al impuesto sobre los beneficios si interrumpe su actividad comercial, profesional o empresarial en Hong Kong.

Opinión del Comisario: Medida transitoria

Como medida provisional, se ha introducido un acuerdo para proporcionar una mayor seguridad fiscal y aliviar la carga del cumplimiento. Las entidades EMN tienen la opción de solicitar el dictamen del comisario. Esto es para asegurar que cumplen el requisito de sustancia económica para las ganancias por enajenación procedentes de la venta de activos especificado en el Proyecto de Enmienda de 2023.

Cuando a una entidad multinacional ya se le haya concedido un Dictamen positivo que confirme que cumple el requisito de sustancia económica para otras rentas cubiertas de fuente extranjera, es decir, intereses, dividendos y ganancias por enajenación de participaciones, puede solicitar una prórroga de la evaluación para incluir las ganancias por enajenación de activos devengadas a partir del 1 de enero de 2024.

Tras la aprobación del proyecto de ley de enmienda de 2023 y la posterior aplicación de la ordenanza de enmienda, esta medida provisional dejará de ser aplicable. En su lugar, las empresas pueden acogerse a la resolución anticipada para abordar el requisito de sustancia económica. Una resolución anticipada es una confirmación escrita proporcionada por el comisario que aclara la aplicación de disposiciones a una transacción o acuerdo concreto. Esta confirmación ofrece seguridad al solicitante, que puede confiar en ella en la mayoría de las circunstancias.

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Con más de treinta años de experiencia profesional, nuestro equipo de avezados expertos fiscales ofrece una gran experiencia y conocimientos en la prestación de servicios de asesoramiento fiscal a clientes de diversos sectores, como el manufacturero, el mayorista, el minorista, el inmobiliario, las tecnologías de la información, la hostelería, la logística, el transporte marítimo, la aviación y los servicios financieros. Conocedores de los entresijos de la legislación fiscal local, podemos ayudarle a analizar las implicaciones del nuevo régimen FSIE y su aplicabilidad a su negocio, así como a optimizar su eficiencia fiscal.

Póngase en contacto con nosotros para saber cómo podemos ayudarle.

Actualizado el 21 de diciembre de 2023

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